Entrevistas

Entrevista con la abogada laborista, Verónica Alcaráz




Esto es lo que dice la ley sobre el salario:

Por: Verónica Alcaráz

¿QUÉ ES EL SALARIO?

Cualquiera ha escuchado estas palabras:

Salario, salario diario integrado, salario base de cotización, salario mínimo, por lo que es importante conocer las diferencias entre éstas, a efecto de poder ejercer los derechos laborales y a la seguridad social que tienen las personas trabajadoras.

Salario diario: Ley Federal del Trabajo.

¿Qué es el salario?

Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Salario diario integrado

Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. (ya sea en dinero o en especie)

El Remunerador

Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y calidad del trabajo.

Artículo 86.- A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual.

Artículo 88.- Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.

Salario base de cotización

De conformidad al artículo 27 de la Ley del Seguro Social, es con el que cotiza el trabajador ante el IMSS. En dicho artículo se indica que este salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se le entregue al trabajador por su trabajo excepto las que el propio artículo 27 establece que no se integran. Se aplica un factor de integración del salario.

Salario mínimo

De conformidad a la Ley Federal del Trabajo

Artículo 90.- Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo. El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de una o un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de las y los hijos.

La determinación de la cantidad depende de las zonas geográficas, independientemente de las ramas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.

¿Cuál es la importancia de cada uno de éstos y para qué me sirve identificar las diferencias?

Concepto Importancia
Salario diario integrado Se utiliza para calcular las prestaciones laborales. Por ejemplo en despidos, rescisiones y cualquier prestación laboral, es la base para estos cálculos.
Salario base de cotización Se utiliza como base para las prestaciones que le entregará el IMSS, en dado caso, por incapacidades, pensiones, subsidios.
Salario mínimo Se utiliza para señalar la cantidad mínima que debe percibir un trabajador por su actividad, ya que si no lo señala la legislación pueden existir abusos hacia los trabajadores.


No se debe perder de vista, que la Ley Federal del Trabajo busca un equilibrio entre los factores de la producción (patrones) y la justicia social (trabajadores); sin embargo, existen principios generales del derecho laboral que deben de ser respetados y garantizados por los patrones y las autoridades, es decir, no están a la libertad de si se cumplen o no, siendo algunos de estos:

  • DIGNIFICACIÓN DEL TRABAJO: Impone al patrón el deber de procurar la integridad de sus trabajadores y el respeto cabal de su persona.
  • ESTABILIDAD EN EL EMPLEO: Genera la total certidumbre respecto a la permanencia del trabajo, ya que la relación de trabajo sólo podrá quebrantarse por causas graves (rescisión) y por voluntad del trabajador (renuncia).
  • PROGRESIÓN RACIONAL: Consiste en el deber que tiene el legislador de crear un sistema de normas jurídicas que se encuentre en constante revisión y mejoría para adecuarlo a las necesidades actuales del obrero.
  • EL TRABAJO NO ES UNA MERCANCÍA: El trabajo no debe considerarse un bien en el mercado, para evitar que esté a merced de las leyes de la oferta y la demanda.
  • IN DUBIO PRO OPERARIO: En caso de duda prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador.
  • IGUALDAD SALARIAL: En caso de igualdad en la calidad y cantidad de trabajo.